Abogados Especializados en Accidentes de Coches

Abogados en Madrid Especialistas en obtener la máxima indemnización por accidente de tráfico

Si has tenido un accidente de tráfico y como consecuencia de ellos has tenido que permanecer de baja, te han causado daños materiales o secuelas, somos los Abogados especialistas en accidentes que necesitas. 

Obtendremos la máxima indemnizacion! Nuestros Honorarios serán un porcentaje de la cantidad que obtengas! En algunos casos, podrás reclamar los mismos además a la Compañía de Seguros

Si ha sufrido un accidente de trafico debe reclamar su indemnización que lo puede hacer de forma amistosa o teniendo que acudir al procedimiento judicial civil o penal correspondiente.

Los plazos de reclamación son breves, motivo por el cual debe iniciar su reclamación lo antes posible.

Nuestro equipo de Abogados especializados en reclamación de indemnizaciones por accidentes de tráfico, le podrán ofrecer nuestros servicios profesionales en la reclamación de cualquier indemnización que le pueda corresponder.

 

Si lo desea, además de ser atendido en nuestro Despacho de Abogados en Madrid, le ofrecemos la posibilidad de que nuestros Abogados laboralistas le atiendan en nuestras oficinas.

Contamos con abogados especialistas y médicos  en accidentes de tráfico que le orientarán sobre los cauces más adecuados para realizar su reclamación de indemnización relacionada con incidentes de circulación.

  • Reclamación de todo tipo de indemnizaciones relacionadas con accidentes de circulación.
  • Lesiones, fallecimiento.
  • Incapacidades.
  • Alcoholemias.
  • Reclamación a compañías Aseguradoras.
  • Honorarios al final del procedimiento.

Áreas de Práctica

Contacto

Dirección

Bravo Murillo 377-2ª planta, 28020 Madrid

Telefono

+34 626 055 646

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info@wissenlegal.com

¿Cuándo puedo reclamar una indemnización?
Existen muchos casos, en los que se puede reclamar. Se puede reclamar en caso de que hayas sido víctima de un accidente, laboral, tráfico, en un centro comercial, en una comunidad… También se puede reclamar como consecuencia de cualquier acto originado por responsabilidad civil (impericia, negligencia).
¿Donde lo debo reclamar?
En función del daño producido, se deberá hacer por vía civil, penal, administrativa o laboral.
¿Como lo debo reclamar?
Debes realizarlo a través de un Abogado especializado que será el que mejor te podrá asesorar en la materia. Nuestros Abogados son expertos en estas cuestiones.
¿Qué cantidad me corresponderá?
Será el Juez de la jurisdicción competente el que establezca el importe que comprenderá el daño emergente y lucro cesante.
¿Puedo perder el derecho a reclamar la indemnización?
Sí, dependiendo del tipo de indemnización que le corresponda tendrá un plazo u otro, por ello es conveniente iniciar las acciones cuanto antes.
 

El próximo día 31 de enero de 2016 entrará en vigor el nuevo texto refundido de la Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial, aprobado por RDLeg 6/2015, de 30 de octubre, que supone la derogación del anterior texto de 1990 y su refundición en uno nuevo que pretende ser más completo y claro.

En Wissen Legal Abogados, somos especialistas como abogados en accidentes de tráfico en Madrid, en nuestro despacho encontrarás especialistas en accidentes de tráfico que podrán ayudarte, contacta con nosotros sin ningún compromiso, en los medios que tenemos disponibles, en nuestra página de contacto de la web, o si lo preferís en el teléfono 626 055 646, nuestro compromiso es daros el mejor trato y asesoramiento posible.

Esta nueva normativa reguladora del tráfico y seguridad vial, que se publicó en el BOE el 31 de octubre de 2015, ha sido dictada en virtud de la habilitación dada al Gobierno por la Disp. Final 2ª de la Ley 6/2014, de 7 de abril que autorizó expresamente a éste para la aprobación de un texto refundido en el que se integraran tanto el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el RDLeg 339/1990, como las sucesivas leyes que lo han ido modificando, incluidas las disposiciones de las leyes modificadoras que no quedaron integradas e incluidas en el texto del año 1990.

El día 31 de enero de 2016 entra en vigor el nuevo texto refundido de la Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial, aprobado por RDLeg 6/2015, de 30 de octubre, que supone la derogación del anterior texto de 1990 y su refundición en uno nuevo que pretende ser más completo y claro.

Esta nueva normativa reguladora del tráfico y seguridad vial, que se publicó en el BOE el 31 de octubre de 2015, ha sido dictada en virtud de la habilitación dada al Gobierno por la Disp. Final 2ª de la Ley 6/2014, de 7 de abril, que autorizó expresamente a éste para la aprobación de un texto refundido en el que se integraran tanto el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el RDLeg 339/1990, como las sucesivas leyes que lo han ido modificando, incluidas las disposiciones de las leyes modificadoras que no quedaron integradas e incluidas en el texto del año 1990.

Principalmente, el nuevo texto supone:

  • recopilar las numerosas normas que han modificado el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, con la finalidad de incorporar aquéllas cuya aplicación está en vigor y que, por su contenido, deben formar parte de este texto refundido, ordenándolas y numerándolas de nuevo;
  • actualizar el vocabulario utilizado, incluidas cuestiones gramaticales;
  • unificar el uso de ciertos términos que se venían usando a lo largo del texto de manera diferente, para dotarlo de la necesaria cohesión interna
  • ajustar las remisiones y concordancias de los artículos del texto anterior y, por lo tanto, cambiando su numeración, dividiendo incluso algunos artículos de gran extensión en varios preceptos con menos contenido y, por tanto, mejor definición y comprensión.
  • adaptar su contenido a la modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (EDL 1992/17271), por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa (EDL 2014/144496);
  • transponer la Directiva (UE) 2015/413, por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, que se había recogido en la Disp. Final 2ª de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, a cuya derogación se procede por entender que, por su contenido, debía integrarse en este texto refundido;
  • modificar la numeración de los artículos del cuadro general de  infracciones, entre otros preceptos, sustituyendo el único precepto donde se relacionaban todas ellas por varios artículos, uno por cada infracción en función de su calificación como leves, graves o muy graves.
  • adaptar su contenido a la reciente reforma administrativa que ha convertido al BOE en un tablón edictal único, pasando a ser voluntaria la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), que hasta esta reforma era la  única y preceptiva forma de publicación de las notificaciones en materia de tráfico. Además, se contempla la posible integración del TESTRA en el Tablón Edictal Único, así como de la Dirección Electrónica Vial (DEV) en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), cuando razones justificadas de eficiencia en la prestación del servicio así lo aconsejen.
  • derogar el RDLeg 339/1990 y la disp. Final 5ª de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (EDL 2015/156576), en lo que afecta a la entrada en vigor del contenido de la disp. Final 2ª de la misma Ley 35/2015.

 

He tenido un accidente de Tráfico. ¿Que plazo tengo para reclamar?
Si has tenido un accidente de tráfico, en el caso de que sea un falta, el plazo es de 6 meses en vía penal desde que ocurrió el mismo como norma general.
¿Cómo debo reclamar?
El procedimiento se suele tramitar por la vía del Juicio de faltas, aunque también puede ser por la vía civil.
¿Cómo se inicia?
Normalmente a través de una denuncia penal aunque se puede ir por vía civil.
¿Quién determina mis secuelas?
Si bien pueden aportarse informes privados, el médico forense adscrito al Juzgado será el que determine las secuelas y lesiones
¿Cómo se determina el importe que me corresponde?
Existe una tabla que anualmente se actualiza en la que figuran las cuantías que corresponden por secuela y por baja médica.
¿En un Juicio de Faltas es necesario Procurador?
Aunque es recomendable no es preceptivo.
¿Qué honorarios tendré que pagar?
Si bien en casos complejos será necesario el pago de una cantidad mínima fija, nuestros Honorarios consistirán en un porcentaje de la cantidad que se obtenga.
¿Qué abogado elegir?
Si bien es libre de elegir cualquier abogado, es conveniente contar con los mejores profesionales y para ello Wissen Legal Abogados cuenta con especialistas en la materia.
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