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La pensión de alimentos es un tema que genera muchas preguntas entre los padres. ¿Cuánto tiempo se debe pagar? ¿Qué factores influyen en esta obligación? Sigue leyendo para descubrir todo lo que necesitas saber sobre este asunto tan importante.

¿Qué es la pensión de alimentos?

La pensión de alimentos es una contribución económica que debe proporcionar el progenitor no custodio, es decir, aquel que no convive con los hijos, para contribuir a su mantenimiento y cubrir los gastos incurridos por el progenitor custodio. Esta obligación puede surgir tanto de un proceso de separación matrimonial, divorcio, o de medidas paternofiliales. Incluso en algunos casos de custodia compartida, puede imponerse una pensión alimenticia.

¿Hasta qué edad se paga la pensión alimenticia a los hijos?

En España, los padres tienen la obligación de proporcionar alimentos a sus hijos mientras estos sean menores de edad o estén sujetos a la patria potestad en caso de tener alguna discapacidad. La mayoría de edad se alcanza a los 18 años, pero esto no necesariamente significa el fin de la obligación de pagar la pensión alimenticia.

Después de la mayoría de edad

Una vez que los hijos cumplen 18 años, la obligación de los padres de pagar la pensión alimenticia puede continuar. Esta obligación se mantiene mientras los hijos no puedan mantenerse económicamente por sí mismos. Es decir, si el hijo sigue estudiando o está desempleado a pesar de buscar activamente trabajo, el progenitor deberá seguir proporcionando la pensión alimenticia.

Condiciones para la extinción de la pensión alimenticia

El artículo 152 del Código Civil establece las condiciones bajo las cuales los padres pueden dejar de pagar la pensión alimenticia:

  1. Autonomía económica del hijo: La obligación cesa cuando el hijo puede ejercer un oficio, profesión o industria, o tiene ingresos suficientes que hacen innecesaria la pensión alimenticia.
  2. Situación de necesidad atribuible al hijo: Si el hijo se encuentra en una situación de necesidad debido a su mala conducta o falta de aplicación al trabajo, los padres pueden dejar de prestar alimentos. Esta condición se aplica mientras persista la situación de necesidad provocada por el comportamiento del hijo.

En resumen, la obligación de pagar la pensión alimenticia no tiene una edad fija de finalización después de la mayoría de edad. Depende de la capacidad del hijo para mantenerse por sí mismo y de su conducta y dedicación a encontrar un empleo o finalizar sus estudios.

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¿Puede un hijo mayor de edad renunciar a la pensión de alimentos?

La respuesta es no. Según el artículo 151 del Código Civil, el derecho a recibir la pensión de alimentos es irrenunciable. Esto significa que, incluso si el hijo mayor de edad quisiera renunciar a esta pensión, no podría hacerlo legalmente. La obligación del progenitor de proporcionar alimentos persiste mientras el hijo se encuentre en una situación de necesidad.

Extinción de la obligación de prestar alimentos

Sin embargo, hay circunstancias en las que se puede solicitar al juez la extinción de esta obligación. Una de las principales razones para ello es la falta de relación entre el hijo y el progenitor. Si el hijo, por su propia voluntad, decide no mantener ningún tipo de relación con el progenitor y esta situación se puede probar como continua y no esporádica, el juez puede considerar la posibilidad de extinguir la obligación de prestar alimentos.

¿Qué sucede si el hijo trabaja a tiempo parcial?

El hecho de que un hijo trabaje a tiempo parcial no siempre significa que es independiente económicamente. La suficiencia de sus ingresos para mantener su independencia es un factor clave. Cada situación debe ser evaluada individualmente, preferiblemente con la ayuda de un abogado de familia.

Proceso para extinguir la obligación de pago de alimentos

Para extinguir la obligación de pagar la pensión de alimentos, es fundamental seguir un proceso legal y estructurado. En primer lugar, es altamente recomendable que el convenio regulador, que establece las condiciones de la separación de los padres y el cuidado de los hijos, incluya con el mayor nivel de detalle posible todas las circunstancias que pueden afectar al cálculo y al pago de la pensión de alimentos. Estas circunstancias pueden incluir: el importe de la pensión, es decir, el monto específico a pagar; la actualización, que define cómo y cuándo se ajustará la pensión;

La duración, que indica el período durante el cual se pagará la pensión; la forma y momento del pago, que detalla las modalidades y fechas de los pagos; el alcance de la pensión, especificando qué conceptos están incluidos y cuáles no; los gastos no previstos, estableciendo cómo se repartirán los gastos inesperados; y los motivos para el cese, que son las condiciones que justificarían la extinción de la pensión.

Cuando el hijo mayor de edad alcanza una situación en la que puede mantenerse económicamente por sí mismo, el progenitor obligado a pagar la pensión no puede simplemente dejar de hacerlo de manera unilateral. Es necesario seguir estos pasos: solicitar la extinción ante el juez, presentando una solicitud formal para que se declare la extinción de la pensión de alimentos. Una vez que el juez evalúe la situación y declare extinguida la pensión, la obligación de pagar cesará oficialmente. Si no existen motivos suficientes para declarar el cese de la pensión, pero han cambiado las necesidades del hijo o las capacidades económicas del progenitor, el juez puede decidir modificar el importe de la pensión. En resumen, la extinción de la obligación de pagar la pensión de alimentos requiere una solicitud judicial y la posterior decisión de un juez. Es crucial que todas las posibles circunstancias que afectan a la pensión estén detalladas en el convenio regulador para evitar futuros conflictos y facilitar el proceso de extinción cuando sea necesario.

Otras causas de extinción de la obligación de pagar alimentos

El artículo 152 del Código Civil prevé de manera general las causas de extinción de la obligación de prestar alimentos, independientemente de quién sea el pariente beneficiario. Además de las causas ya mencionadas, que afectan principalmente a los hijos, existen otras situaciones que pueden llevar a la extinción de esta obligación:

  1. Muerte del alimentista: La obligación de pagar la pensión se extingue si fallece la persona que la recibe.
  2. Reducción drástica de los medios económicos del obligado: Si los ingresos del progenitor que debe pagar la pensión se reducen drásticamente hasta el punto de que no pueda pagarla sin desatender sus propias necesidades, se puede solicitar la extinción de la obligación.
  3. Falta grave del alimentista: Si el alimentista comete alguna de las faltas que dan lugar a la desheredación, también se puede extinguir la obligación de prestar alimentos.

En el caso de una reducción drástica de los medios económicos, el progenitor no puede simplemente dejar de pagar la pensión de manera unilateral, ya que esto puede constituir un delito según el artículo 227 del Código Penal, el cual contempla penas de prisión para quienes incumplen esta obligación. En su lugar, el progenitor debe solicitar ante el juez una modificación del importe de la pensión.

Si no hay ninguna posibilidad de que el progenitor obligado se haga cargo de la pensión debido a su falta de medios económicos, y tampoco puede hacerlo el otro progenitor, la obligación podría recaer en los abuelos, una vez agotadas todas las posibilidades de cobro de los padres.

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